Reclamaciones y recursos de alzada en relación con la preinscripción (3-16 años)

ATENCIÓN : El período para presentar una reclamación en la ciudad de Barcelona ha finalizado. Sólo es posible presentar recursos de alzada contra las resoluciones en las reclamaciones presentadas contra la plaza asignada de oficio, en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la resolución de la reclamación. Deberá dirigirse a las oficinas de escolarización del Consorcio de Educación de Barcelona para realizar este trámite de recurso.

Cualquier otra solicitud que no se encuentre entre los supuestos mencionados, se desestimará automáticamente.

Información general

Este trámite se dirige a las familias que han participado en el proceso de preinscripción ordinaria de 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y que han presentado una reclamación a la plaza asignada de oficio, cuando ha sido desestimada , contra la plaza asignada de oficio.

Los recursos de alzada deben presentarse en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la resolución de la reclamación.

Tramitación

Los recursos de altura deben presentarse en las oficinas de escolarización (*). Una vez presentado el recurso, la persona solicitante recibirá la confirmación.

Este recibo de confirmación contendrá un código que permitirá realizar el seguimiento de la tramitación del recurso , por lo que no tendrá que desplazarse a las oficinas de escolarización del Consorcio para saber el estado de la reclamación ( Área privada ).

(*) Se debe pedir cita previa para cada recurso de alzada (por ejemplo, si se quiere interponer recurso para dos hermanos, es necesario pedir dos citas previas)

  • Las oficinas de escolarización del Consorcio no admitirán ninguna reclamación en papel.
  • La resolución de la petición se notificará telemáticamente, pudiendo acceder a ella a través del móvil. Para más información, véase el enlace sobre Notificaciones electrónicas

¿Qué necesitaré interponer recurso de alzada?

  • El número de identificación de la preinscripción (PRE23-24XXXXXXXX).
  • El número del documento identificativo de la persona (padre, madre, tutor/a, etc.) que se designó para acceder a las consultas telemáticas del proceso.
  • Deberá identificarse en la oficina de escolarización presentando el original del documento identificativo del padre, madre, tutor/a del alumno/a.
  • El formulario contiene un campo de texto para que pueda detallar su reclamación y permite adjuntar la documentación adicional de soporte que considere necesaria. Ahora bien, recuerde que el escrito de reclamación debe hacerse a través del campo habilitado en el formulario y no en un documento adjunto. En todo caso, no existe documentación requerida por parte de la Administración.
  • En cualquier momento del trámite, el Consorcio de Educación de Barcelona puede pedirle documentación acreditativa de las circunstancias alegadas a su reclamación.

¿Qué más debo tener en cuenta en relación con los recursos de alzada?

  • Sólo es posible presentar recursos de alzada contra las resoluciones a las reclamaciones hechas en la plaza asignada de oficio, en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la resolución de la reclamación
  • Aunque los recursos de altura se pueden resolver en un plazo de 3 meses a contar desde la fecha de su presentación, se tratará de resolverlos antes del inicio de curso y siempre que lo permita la evolución del proceso de preinscripción y matrícula (matriculación, listas de espera, etc.).
  • En cualquier caso, es muy importante formalizar la matrícula en el centro que se le haya asignado a la preinscripción. Hacerlo no tendrá ninguna afectación en la valoración del recurso de alzada. En cambio, el hecho de no matricularse en el período establecido en el punto 3 del anexo 2 de la Resolución EDU/507/2023 (del 20 al 28 de junio de 2023, ambos incluidos) supondrá la pérdida de la plaza asignada y la necesidad de realizar una nueva solicitud de admisión o cambio de centro si el recurso de alzada no prospera. Esta nueva petición se resolverá en el momento pertinente y en función del orden de llegada.
  • Recuerde que las listas de espera están vigentes hasta el día 4 de septiembre y que, ocasionalmente, los centros se pueden poner en contacto con usted para ofrecerle una vacante que se haya liberado durante el período de vigencia de estas listas.