Cómo obtener plaza escolar o hacer un cambio de centro en la ciudad de Barcelona fuera del período de preinscripción

Este trámite se dirige a las familias que, o bien no han escolarizado a sus hijos previamente en ningún centro de Cataluña o quieren realizar un cambio de centro en la ciudad de Barcelona porque no han podido hacerlo a través del proceso de preinscripción ordinaria .

Admisión para el curso 2024-2025

Hasta el día 30 de abril se pueden realizar solicitudes de admisión para el curso 2024-2025. A partir del 2 de mayo de 2025 se da por finalizado el período de admisión de alumnado para este curso y las oficinas de atención del Consorcio de Educación sólo apoyarán para las nuevas altas del curso 2025-2026. Sin embargo, el formulario para presentar una solicitud de admisión para el curso 2024-2025 permanecerá abierto hasta el 16 de junio para poder atender aquellas situaciones excepcionales en las que las comisiones de garantías valoren la necesidad perentoria de escolarizar al menor antes de finalizar el curso. En estos casos extraordinarios, la escolarización se realizará teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, las preferencias de la familia y siguiendo los criterios habituales de asignación: la distribución equilibrada del alumnado con necesidades educativas especiales y la situación de matrícula y vacantes de los centros.

En todo caso, a la hora de considerar las vacantes, también habrá que tener en cuenta las solicitudes de preinscripción recibidas para el próximo curso. Esta circunstancia será de aplicación tanto para el alumnado recién llegado como para el alumnado que solicite un cambio de centro, a pesar de que se dé algunos de los supuestos de admisión que la normativa prevé para escolarizarse con posterioridad al inicio del curso escolar.

Admisión para el curso 2025-2026

Las solicitudes de admisión para el curso 2025-2026 se pueden realizar a partir del 2 de mayo de 2025 , teniendo en cuenta que hasta el 29 de abril de 2025 es posible presentar una solicitud de preinscripción fuera de plazo. En todo caso, es necesario tener presente que las solicitudes de preinscripción presentadas en plazo son preferentes respecto a las presentadas fuera de plazo, y que estas últimas lo son respecto a las solicitudes de admisión presentadas a partir del 29 de abril de 2025, fuera del período de preinscripción. Para realizar una solicitud de admisión para el curso 2025-2026 será necesario acreditar algunos de los supuestos que prevé la normativa para estos casos (artículo 47 del Decreto 11/2021, de 16 de febrero).

Por norma general, todas las solicitudes de admisión se asignarán siguiendo el orden de llegada. Las solicitudes de admisión recibidas hasta el 10 de agosto de 2025 se asignarán, en la medida de lo posible, antes del inicio de curso. Las recibidas a partir de esa fecha y hasta la semana de inicio de curso, se asignarán lo antes posible, intentando que sea antes de finalizar el mes de septiembre. Las solicitudes recibidas la semana después de inicio de curso, se asignarán lo antes posible después de que se haya estabilizado la situación de las solicitudes que entraron antes.

Las asignaciones de las solicitudes de admisión para el curso 2025-2026 se harán respetando las listas de espera de la preinscripción, que estarán en vigor hasta el día 5 de septiembre de 2025. Respecto al alumnado con necesidades educativas específicas, se tendrán en cuenta las plazas de reserva de la pre3 para este2, que tendrán en cuenta las plazas de reserva de la preinscripción para este2. reclamaciones de la preinscripción también tendrán preferencia por optar a las plazas vacantes disponibles en ese momento.

A partir del 6 de septiembre de 2025, las solicitudes se atienden teniendo en cuenta la disponibilidad de plazas vacantes y, en el caso del alumnado en situación de vulnerabilidad, tratando de garantizar el equilibrio en la distribución entre todos los centros de la zona para evitar, en la medida de lo posible, situaciones de segregación escolar.

Información general

Tal y como se establece en el artículo 47 del Decreto 11/2021, de 16 de febrero, de la programación de la oferta educativa y del procedimiento de admisión en los centros del Servicio de Educación de Cataluña, por norma general, sólo se aceptarán las peticiones de cambio de centro que puedan acreditar:

  • Cambio de residencia en otro municipio o distrito, en el caso de Barcelona.
  • Conveniencia de cambio de centro motivado por actos de violencia de género o acoso escolar.
  • Inicio de una medida de acogimiento.

Todas aquellas solicitudes de cambio de centro que no acrediten los supuestos citados serán desestimadas.

Es importante tener en cuenta que si el alumno/a no se incorpora al centro en el plazo de dos semanas desde el inicio de curso o desde la asignación de plaza, pierde la plaza asignada.

¿Dónde se pueden presentar las solicitudes de admisión?

Las solicitudes se tendrán que presentar a través de un formulario electrónico habilitado a tal efecto en la web del Departamento de Educación y Formación Profesional y que se puede encontrar en el siguiente enlace (recuerde que, a partir del día 2 de mayo, para el curso 2024-2025, sólo se atenderán las solicitudes con carácter excepcional que autoricen las comisiones).

Las familias que quieran realizar una solicitud a un centro de educación especial*, deberán acompañar la solicitud con el preceptivo informe del equipo de asesoramiento y orientación psicopedagógico (EAP) y realizar la solicitud a través de este formulario electrónico . Las solicitudes para Centros de Educación Especial para el curso 2024-2025 se pueden realizar hasta el día 2 de mayo. A partir de ese día, el formulario permanecerá cerrado hasta el día 14 de julio, que se volverá a abrir para las solicitudes de admisión para el curso 2025-2026.

Si tiene dudas, dificultades o no tiene medios para rellenar el formulario, un/a agente de las oficinas del Consorcio de Educación de Barcelona podrá apoyarle. Puede acceder al servicio de apoyo pidiendo cita previa .

(*) El Decreto 150/2017, de 17 de octubre, de la atención educativa al alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo establece que, únicamente los alumnos con discapacidades graves o severas que necesiten una elevada intensidad de apoyo educativo y medidas curriculares, metodológicas, organizativas o psicopedagógicas altamente individualizadas pueden ser escolares.

Las familias y alumnado residentes fuera de Barcelona que requieran la escolarización en centros de educación especial, tendrán que dirigirse al director/a de los servicios territoriales de su domicilio para que envíe una propuesta motivada a la Gerencia del Consorcio de Educación, junto con la evaluación psicopedagógica del EAP de su zona.

¿Cuándo se puede realizar una solicitud de admisión en la ciudad de Barcelona?

Las solicitudes de admisión para el curso 2024-2025 se podrán presentar hasta el 31 de abril de 2025 .

Las solicitudes de admisión para el curso 2025-2026 podrán presentarse a partir del 2 de mayo de 2025 y hasta el mes de mayo de 2026.

¿Quién puede presentar las solicitudes de admisión?

El padre, la madre, el tutor, la tutora, guardador o guardadora del niño/a que queremos escolarizar debidamente documentados.